En 1992 Ricardo Barreda fue condenado por el asesinato de su esposa, su suegra y sus dos hijas. El caso tuvo repercusión nacional producto de los “atenuantes” que presentó el asesino, que podrían resumirse en una permanente violencia verbal y psicológica propinada por quienes terminaron por ser sus víctimas.
Luego de casi veinte años de prisión, Barreda hoy vive en libertad condicional. En tanto, el último miércoles se produjo un fallo polémico en La Plata, cuando los jueces Ricardo Borinsky, Daniel Carral y Víctor Violini condenaron a 15 años de arresto domiciliario a un hombre que estranguló y enterró a su esposa por cuestiones similares a las acusadas por el famoso odontólogo.
El odontólogo Barreda esperó casi 20 años el arresto domiciliario. |
El 11 de diciembre de 2004, un hombre que promediaba los 65 años aplicó múltiples golpes de puño a su mujer para luego agredirla con un objeto contundente en el rostro, cuello y tórax, lo cual le provocó varias fracturas y múltiples lesiones. Acto seguido, la estranguló. Finalmente, sacó el cadáver de su vivienda ubicada en Defensa 26, en Lomas de Zamora, y lo enterró en un lote vecino de la calle Armestri 3, del barrio San José, del mencionado distrito del Conurbano.
En primera instancia el hombre fue condenado a prisión perpetua en cácer común por el Tribunal en lo Criminal número 6 de Lomas de Zamora. Sin embargo, el último 30 de junio la Sala III de Casación Penal provincial le redujo la pena a 15 años de prisión domiciliaria; por lo cual no irá a prisión.
¿Por qué tomaron esta decisión?
Según el fallo, al que tuvo acceso 24CON, los jueces consideraron que hubo "circunstancias extraordinarias de atenuación", ya que "V.V." (identificación del hombre) y "A.D.S." (su mujer) tenían una "relación conyugal entre víctima y victimario que hacía tiempo se hallaba finiquitada".
Los magistrados llegaron a esa conclusión a partir de las declaraciones del imputado, su hermana y los hijos de la pareja durante el juicio oral. En el mismo, el hombre que hoy cuenta más de 70 años detalló que "trabajaba 20 horas por día" y la mujer "no cocinaba, estaba siempre enojada y se cagaba de risa de mí".
Además, siempre según el fallo, los jueces corroboraron "la decadencia del enlace matrimonial a partir del hecho de que el acusado mantuviera otra relación sentimental con una mujer que traía a la vivienda que él mismo habitaba". Es decir; el hombre tenía una nueva novia a la cual llevaba a la casa que compartía con su todavía esposa.
"Yo trabajaba 20 horas por día. Cuando ella se fue a Italia le pagué todo" hasta ahí "hacíamos vida de marido y mujer, después cuando vino se enojó, quería plata. Se compró una cama aparte. Al tiempo yo perdí un poco la vista, ella no me cocinaba, nada, siempre la contra. Y entonces me tuve que buscar una concubina para que me ayudara", contó.
En ese orden, agregó pormenores de la relación con su nueva concubina. "No eran todos los días, (la nueva concubina) me llevaba al oculista, me cocinaba, me lavaba, me atendía. Yo le decía que ella (esposa) no me atendía y por eso busqué alguien con quien entenderme. Ella se cagaba de risa de mí. Yo no quise que ella trabajara, yo trabajaba y le daba de comer. Ella se despertaba a la noche y me decía que roncaba, yo no aguantaba que me despertara y me fui al galpón. Ella roncaba, pero yo me la aguantaba. Yo había hecho ese galpón...", detalló el imputado.
Los jueces Carral y Violini entendieron que "la actitud por él (victimario) asumida respondió sin duda a impulsos emocionales relacionados al turbado enlace familiar existente", concluyeron. En tanto, el único que no estuvo de acuerdo con la nueva sentencia fue el magistrado Borinsky, quien falló en base al testimonio de la hija del matrimonio.
"Si como dice la hija de ambos, ella mantenía a la víctima a quien su progenitor siempre amenazó con matarla, además de ponerle corriente al lavarropas, chapitas en la cerradura a fin de impedirle el acceso, y golpearla hasta con palos, haciéndole perder parcialmente la audición" y cuando la madre fue a reclamarle porque le había sacado las rejas protectoras la mató, "es mi parecer que las circunstancias que rodearon el homicidio no son de atenuación", firmó el juez.
Finalmente, en fallo dividido, V.V. fue condenado por "homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación", lo cual deriva en una reducción de pena a 15 años. Además, le otorgaron la prisión domiciliaria por la edad del imputado.