Ivan Fontán |
Fuentes judiciales revelaron que los camaristas de la Sala III, Carlos Silva Acevedo y Alejandro Villordo, confirmaron lo dispuesto por la fiscal que investigó el caso, Virginia Bravo, y el juez de Garantías César Melazo.
En la investigación quedó acreditado que “el 30 de abril de 2011, cerca de las 22.30, en el autódromo platense, un hombre encendió un dispositivo de tipo bengala que dirigió al nutrido grupo de personas que se encontraba dispuesto a escuchar al grupo de rock La Renga, en momentos en que se apagaban las luces”.
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El hecho fue calificado como “homicidio simple, con dolo eventual”, que establece penas de 8 a 25 años de prisión, y el acusado estuvo preso, pero la Cámara lo liberó por falta de mérito al considerar que no había pruebas suficientes para acreditar la autoría, y destacó que fue un homicidio culposo por imprudencia o negligencia.
Pero ahora los camaristas de la Sala III entendieron que esos interrogantes deben debatirse en juicio y se envió la causa al Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata, integrado por los jueces Claudio Bernard, Liliana Torrisi y Silvia Hoerr.
21 de septiembre de 2013
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