Se deberá cumplir con la Ley de Medios antes del 7 de diciembre de 2012

La Corte falló por unanimidad y el Grupo deberá desinvertir antes de esa fecha.

La Corte Suprema de Justicia dispuso hoy que la medida cautelar que mantenía suspendido el artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual perderá vigencia el 7 de diciembre de 2012.

En un fallo unánime, firmado por Lorenzetti, Highton, Fayt, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni, el tribunal confirmó la cautelar que había suspendido la aplicación del artículo de la Ley 26.522, con el plazo que había dispuesto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, pero contados a partir de la fecha del dictado de la medida, el 7 de diciembre de 2009.

La Corte recordó que las medidas cautelares “son resoluciones jurisdiccionales precarias, no definitivas”. Y señaló que “cuando las cautelares se hacen ordinarias y sustituyen a la sentencia definitiva, se crea un derecho precario, lo que constituye una lesión al objetivo de afianzar la Justicia señalado en el Preámbulo de la Constitución Nacional”.



22 de mayo de 2012
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