Por qué la Cámara decidió dejar preso a Mangeri
El tribunal detalló los argumentos del fallo y descartó que se haya "plantado" ADN. Las pruebas contundentes, la "baja" de la carátula, la "imputación encubierta" y el peligro de fuga.
Los jueces que confirmaron la prisión preventiva y el procesamiento por "homicidio simple" del portero Jorge Mangeri por el crimen de Angeles Rawson analizaron y rechazaron cada uno de los planteos que la defensa presentó como argumentos para declarar nula la causa.
En uno de los puntos más trascendentes del fallo, los miembros de la sala VI de la Cámara del Crimen descartaron que en algún momento se haya "plantado" material genético del imputado en el cuerpo de la víctima.
Los abogados defensores Miguel Angel Pierri y Marcelo Biondi apuntaban a cuestionar la cadena de custodia de las muestras extraídas al encargado y las obtenidas del cuerpo de chica, y también mencionaron una posible contaminación en el laboratorio de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Pero los magistrados hicieron un pormenorizado detalle de cada paso cumplido a partir del hallazgo del cuerpo, su traslado a la morgue, la autopsia y la extracción del material genético para cotejo.
"De lo reseñado con anterioridad, no se advierte la posibilidad de error o de alguna conducta direccionada por los distintos protagonistas a implantar material biológico del imputado", se remarcó en el fallo.
La resolución agrega que "cada uno de los intervinientes ha dado razonable explicación sobre cada uno de los pasos seguidos en la cadena de custodia" y los recaudos adoptados en la extracción de las muestras, en su conservación y aseguramiento hasta que fueron culminados los peritajes.
En respuesta a la defensa, dijeron que "sólo se limita a presumir que se ha quebrado la cadena de custodia sin explicitar siquiera en qué tramo puntual del procedimiento ello habría tenido lugar y la razón de su sustento".
"Imputado encubierto"
Por su parte, el camarista Marcelo Lucini cuestionó el trabajo de la fiscal Paula Asaro la noche del viernes 14 de junio, cuando solicitó la detención del portero, por mantenerlo dentro de su fiscalía como un "imputado encubierto", y dijo que el entonces sospechoso no tuvo "las mínimas garantías" de todo proceso penal.
Para Lucini, la fiscal ya tenía "algún tipo de sospecha" sobre Mangeri cuando lo llevó a su despacho cerca de las 22.30 de esa noche, vestido con un chaleco y una gorra policial.
A pesar de estas críticas, el juez rechazó, al igual que sus colegas, el planteo de la defensa de Mangeri, que solicitaba la nulidad de los actos procesales en el momento de la detención. Lo hizo al decir que "pese a los vicios" en los que incurrió Asaro, éstos "no" causaron "un perjuicio concreto, razón por la cual no es necesario aplicar la sanción pretendida por la defensa. Se verificó un curso causal independiente, que permite entonces mantener vigente la imputación que se le dirige".
Pruebas irrefutables
Las pruebas de ADN fueron claves para confirmar el procesamiento del portero. "Es relevante, pues permite concluir provisoriamente que una de las últimas acciones de la chica fue defenderse del ataque de su agresor y, de ese modo, se habría producido la transferencia del material genético encontrado, posteriormente, en el cadáver", dijeron los jueces de la Cámara del Crimen porteña.
En el fallo, los camaristas hicieron un exhaustivo análisis del "hallazgo de material biológico del imputado en el cuerpo de la occisa y en una de las sogas que rodeaba sus tobillos", y explicaron las pruebas en forma detallada. Así, afirmaron que "de forma científica, se constató la presencia de material genético -ADN- de Mangeri en las uñas de tres dedos de la mano derecha de Angeles, puntualmente, en el dedo índice, anular y mayor".
En cuanto a la soga, "si bien (el resultado del análisis) no es concluyente, nuevamente aparece información genética del imputado, lo que al menos en este contexto, resulta llamativo y configura un indicador más a ponderar de manera incriminante".
Peligro de fuga
Más allá del procesamiento, los magistrados también rechazaron el pedido para que el portero pueda salir de la prisión y esperar el juicio oral en libertad. Señalaron que "la severidad de la pena prevista presenta como posible que el imputado intente evadir la acción de la justicia, ante el pronóstico de una futura sanción grave y de efectivo cumplimiento".
Para el tribunal, "debe ponderarse también, como pauta negativa, que Mangeri habría exteriorizado su intención de que se 'quería ir lejos, bien lejos, a algún monte en Chaco o Corrientes'", según reveló el primo de la esposa del imputado. Además, se tuvo en cuenta que "se habría autoprovocado lesiones para enmascarar las que habría recibido en el episodio".
"Todo ello es un claro indicador del peligro procesal de fuga y de entorpecimiento de la investigación" dijeron, y añadieron que "no es una cuestión menor el domicilio que ocupa el nombrado, ya que, de concretarse su libertad, cohabitaría con los familiares de la víctima y los distintos testigos que podrían declarar en juicio".
"Baja" la carátula
Por otro lado, para los camaristas, Mangeri no tuvo "la intención de matar a la joven desde un inicio", por lo que revocaron la figura de "homicidio agravado por alevosía".
En la única buena noticia para la defensa, la Sala VI hizo lugar al planteo de los abogados en torno a la crítica hacia el juez Javier Ríos, por haber encuadrado el caso como un homicidio con alevosía, una figura que impone actuar sobre seguro, de manera "cobarde", sin que la víctima pueda defenderse.
"No es posible inferir de la investigación, al menos de momento, que Mangeri haya tenido la intención de matar a la joven desde un inicio y que para consumarlo ideara un plan que lo colocara en una situación que alejara toda posibilidad de defensa, menos aún que se hubiere aprovechado de ese estado", sostiene el fallo.
Los jueces señalaron que "no sólo ciertas lesiones en el cuerpo de Mangeri sugieren la efectiva defensa desplegada por Rawson, que indicarían que justamente no estuvo desprevenida ante la agresión, sino que además se corrobora esta probabilidad a través del hallazgo de ADN del nombrado debajo de tres uñas de los dedos de la mano derecha de la menor".
6 de septiembre de 2013
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