Videla habló y justificó la represión militar

En el mismo juicio está imputado Menéndez quién también asumió su culpa y se justificó

Los represores Jorge Rafael Videla  y Luciano Benjamín Menéndez asumieron la "responsabilidad” de los hechos represivos cometidos durante la dictadura militar, al declarar hoy ante el tribunal que tiene a cargo el proceso de enjuiciamiento por los delitos de Lesa Humanidad por el que son juzgados.

"Reitero y asumo en plenitud mis responsabilidades castrenses en todo lo actuado por el Ejército Argentino en la guerra en contra de los subversivos”, sostuvo Videla y añadió que "los subordinados se limitaron a cumplir mis órdenes”.

Al declarar en la segunda jornada del juicio oral y público por los hechos de las causas UP1 Y Gontero, resaltó que "siempre reconocí las directivas que impartí en el pleno ejercicio de las facultades delegadas por las doctrinas vigentes”.

En otro tramo planteó que el Tribunal Oral Federal 1 (TOF1) "carece de competencia y jurisdicción para juzgarme”, al sostener que por su condición y por tratarse de hechos de guerra la competencia es de la Justicia Militar.

Menéndez, como ya hizo en otros juicios, se negó a declarar y repitió el discurso del planteo de "inconstitucionalidad” del Tribunal para juzgar la "guerra para vencer al terrorismo marxista que había asaltado nuestra patria”, y se declaró "único responsable de los actos” de sus subordinados.

Pasada las 17.50 continuaban exponiendo algunos de los imputados restantes, en su mayoría negando los cargos y planteando los mismos argumentos que Videla y Menéndez.

La jornada abrió hoy con la verificación de los datos y situación personal de cada uno de los imputados, luego se dio lectura a la plataforma fáctica que contiene los delitos y la descripción en cómo se cometieron los hechos que fueron concebidos mediante un "plan implementado a nivel nacional con el alegado propósito de aniquilar a la denominada subversión”.

En ese plan se ubica como máximo responsable al entonces jefe del Ejército Argentino y presidente de la Junta Militar, Jorge Rafael Videla, y en Córdoba al para esa época comandante del III Cuerpo de Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, a través del Area 311 que comprendía a otras provincias.

En Córdoba, el represor Menéndez era quien lideraba la cadena de mandos que se concentraba en la Comunidad Informativa y desde ese ámbito se impartían las directivas a seguir en contra de la denominada `guerra antisubversiva`.

Si bien el "accionar de aniquilamiento” comenzó a planificarse y a ejecutarse ya en 1974, fue con el Golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 cuando el "terrorismo de Estado avasalla las garantías constitucionales e intensifica este accionar anormal y clandestino”, sostiene un párrafo del texto judicial que relata los hechos ocurridos.

Añade que "el plan sistemático de aniquilamiento se había puesto en marcha para terminar con los grupos sociales antagónicos, utilizando toda la estructura militar, policial, de las cárceles y de otras instituciones para secuestrar personas y alojarlas en centros clandestinos”.

En ese sentido menciona a los 31 presos políticos que estaban alojados en la Unidad Penitenciaria San Martín de la ciudad de Córdoba, uno de los dos casos que se juzga en este juicio, y que luego los asesinan simulando situaciones de fuga para justificar los fusilamientos.

Previamente estos presos, que estaban a disposición del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo Nacional de facto (PEN), los mantuvieron en "condiciones infrahumanas, incomunicados, maniatados, con los ojos vendados, sin atención médica ni sanitaria”.

También se les aplicaron tormentos mediante "golpes en zonas sensibles, vejaciones sexuales, torturas físicas” en sus formas mas crueles, lo mismo que "torturas psicológicas” mediante amenazas de muerte y simulacros de fusilamientos.

En la causa UP1 Videla y Menéndez, junto a otros 23 represores, están imputados por el fusilamiento de 31 presos políticos alojados en un penal de la ciudad de Córdoba, ocurridos entre abril y octubre de 1976 y deben responder por los delitos de `homicidio calificado, imposición de tormentos seguido de muerte y tormentos agravados`.

El caso Gontero tiene como principal imputado a Menéndez por los delitos de `privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos`, cometidos por ex policías del Departamento de Informaciones Policiales (D2) en contra de sus propios camaradas.


5 de julio de 2010
Fuente: Télam

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