Las autoridades de mesa que falten pueden ir presas
Así lo establece un artículo del Código Electoral. Qué sanciones recibirán quienes no vayan a votar.
Aquellos que fueron convocados para ejercer como autoridades de mesa en las próximas elecciones primarias del 11 de agosto y no se presenten serán penados con seis meses a dos años de prisión.
Así lo establece el artículo 132 del Código Electoral. La presencia es obligatoria para el presidente y los suplentes. En caso de que alguno de ellos no pueda asistir, deberá excusarse dentro de los tres días de notificados.
También se informó que los ciudadanos que cumplan funciones como autoridades de mesa recibirán una compensación en concepto de viático de $250 por cada elección –primarias y generales- al que deberá sumar otros $50 si realiza un curso de capacitación gratuito. Los cursos se realizan en la secretaría electoral de cada distrito o a través del sitio web de la Cámara Nacional Electoral (www.electoral.gob.ar).
El dinero se cobrará dentro de los 60 días de efectuadas las elecciones y será el Ministerio de Interior y Transporte el organismo que avisará a los interesados cómo se efectivizará el pago.
El Registro Público de Postulantes de Autoridades de Mesa se encuentra disponible en la web de la CNE. Los interesados también pueden acercarse a las secretarías electorales que correspondan según su domicilio.
La Cámara Nacional Electoral estableció además el monto de las multas que les cabrán a quienes no acudan a sufragar: $50 en las primarias del 11 de octubre y $100 más si se repitiera en las generales del 27 de octubre.
17 de julio de 2013
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