Confirman que el artículo 161 es constitucional

Así lo afirmó Fernando Uriarte, quien concluyó que la normativa no viola los derechos de propiedad.

El fiscal Fernando Uriarte dictaminó sobre el fondo del planteo y le solicitó al juez Horacio Alfonso que desestime el planteo de inconstitucionalidad que se formulara respecto de los artículos 41, 45, 48, segundo párrafo, y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

 

El representante del Ministerio Público Fiscal de la Nación concluyó que la normativa impugnada no conculca los derechos constitucionales de propiedad y de comercio del Grupo Clarin.

 

11 de diciembre de 2012

 

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