Le dan 20 años de cárcel a celador que violó a niñas

El fiscal había pedido 24 años de cárcel, pero los jueces valoraron como atenuantes de la pena la dura historia de vida de acusado.

Claudio Saldaña fue detenido en 2006 luego de que dos nenas que estaban bajo guarda pre adoptiva, detallaron al matrimonio guardador los abusos sistemáticos que padecieron dentro del hogar Arroz con Leche, ubicado en 518 y 209 de la localidad de Abasto.

La defensa había cuestionado el relato de las víctimas realizado ante los jueces por impreciso, pero los magistrados ilustraron al defensor: “seis años después de acontecidos estos sucesos, las niñas, en el Juicio (las dos que pudieron declarar), ratificaron de manera clara, objetiva y convincente la perpetración de tales abusos”. Una de las víctimas aseguró: “varias veces fui abusada por Claudio”.

Los casos comenzaron a ver la luz en el mes de septiembre de 2006, cuando una de las chicas dio indicios de haber sido abusada sexualmente. Con ese dato la jueza de menores Inés Siro ordenó que se practiquen exámenes médicos a las nenas y los resultados confirmaron que habían sido abusadas.

“Aprovechando la situación de convivencia y la guarda de las menores, Saldaña abusó sexualmente en tres oportunidades de las menores”, sostuvo en su alegato el fiscal de Juicio Martín Chiorazzi, quien consideró que los ataques sexuales se desplegaron con un “alto contenido vejatorio y humillante”.

Mónica Mendez es médica y perita de Policía Científica. En su relato ante los jueces reveló que las menores evaluadas presentaban diversos signos de haber sufrido violencia sexual. Otra profesional sanitaria aportó un dato que resultó clave. Dijo que en los casos de abusos sexuales (manoseo genital), lo agresores no dejan marcas en los cuerpos de las víctimas, que las secuelas son “psicológicas” y que es ahí donde deben hacer foco los investigadores y jueces.

“Con asombro, y no sin vergüenza ajena, observo que por parte de algunos operadores del sistema, se sigue pretendiendo que un niño/a, de estas escasas edades y en semejantes aberrantes circunstancias (en este puntual caso de vulnerabilidad, desamparo y desprotección) se acuerde con puntillosa pulcritud, de: día, hora, y detalladas circunstancias de lugar, tiempo y modo en que fue abusada/o…La experiencia y diversos, variados y calificados profesiones médicos y psicólogos dan cuenta conteste y unánime en el sentido que, por elementales razones de mecanismos defensivos internos, los niños tratan de ‘apartar’; ‘olvidar’ o de cualquier modo omitir de sus recuerdos y/o pensamientos semejantes actos dolorosos y aberrantes (de los que -incluso- se sienten ‘culpables’); por tanto, pretender que encima nos describan con morboso detalle y pulcritud las apuntadas circunstancias y antecedentes, amén de ladino, deviene desproporcionado, amañado, insensato y artero”, sostuvo el juez Emir Alfredo Caputo Tártara en su voto acompañado por sus pares Lidia Moro y Juan Carlos Bruni, integrantes del Tribunal Oral Criminal IV de La Plata.

“Estas pobres criaturas, en una estricta aplicación del humano-animal sentido de mera supervivencia, estoicamente soportaron los hechos aberrantes, hasta que, en un momento dado, apenas percibieron un atisbo de protección-contención (como lo fue -a no dudar- las primigenias concurrencias a la casa de los eventuales padres adoptivos) se lanzaron a ‘contar’ sus padecimientos, y -obviamente- en la búsqueda de la más pronta cesación de los mismos”, sostuvieron los jueces.

 

Fuente: Diagonales

 

20 de diciembre de 2012