La Corte rechazó el pedido de detención de Grassi
El cura fue condenado a 15 años de prisión por el abuso sexual de un menor de edad.
La Corte Suprema confirmó el rechazo al pedido de detención inmediata contra el sacerdote Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por el abuso sexual de un menor de edad en la Fundación Felices los Niños, que encabezaba.
Fuentes allegadas a los querellantes dijeron a DyN que el máximo tribunal rechazó por "extemporáneo" un recurso presentado por el abogado Luis Paglietti, representante de una de las víctimas.
El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.
En setiembre de 2010, la Cámara de Casación Penal bonaerense ratificó el fallo de primera instancia que condenó al cura a 15 años de prisión por dos episodios de abuso sexual y uno de corrupción en perjuicio de un adolescente.
El fallo tiene todavía por delante instancias de apelación hasta quedar firme, y entretanto no fue ordenada la detención de Grassi en el marco de este expediente, aunque sí se le fijaron reglas de conducta para mantener su libertad, entre ellas la prohibición de acercarse a la Fundación.
En marzo de este año, el Tribunal Oral número uno dispuso el arresto domiciliario de Grassi porque presuntamente había violado esa prohibición, pero en junio la Cámara de Apelaciones de Morón anular esa situación y lo colocó bajo la situación a la de "libertad vigilada".
El abogado Juan Pablo Gallego, quien representa a otra de las querellas, explicó a DyN que en ese "incidente" está prevista para los próximos días una audiencia en la que insistirá con la detención del sacerdote.
No obstante, como derivación de la condena original a 15 años, Grassi seguirá libre, ya que la Corte Suprema nacional desestimó un "recurso de queja" contra una decisión en ese sentido que había adoptado la Suprema Corte bonaerense.
Según una resolución firmada el 27 de noviembre pasado pero notificada en las últimas horas, el máximo tribunal del país consideró que "el recurso de hecho ha sido deducido extemporáneamente", razón por la cual decidió que "se desestima la queja".
3 de diciembre de 2012