Despenalizan el consumo de marihuana en un tren
Un hombre fue a juicio por fumar un porro en un vagón del Mitre, pero la Cámara lo sobreseyó.
Otro fallo despenalizó el consumo de drogas, en este caso marihuana, en espacios públicos, un tren de la línea Mitre que cumplía el recorrido José León Suárez-Retiro.
La Sala Primera de la Cámara Federal trocó el procesamiento del imputado en sobreseimiento, reivindicando el artículo 19 de la Constitución Nacional que establece que "las conductas privadas de los hombres que en ningún modo ofendan al orden ni perjudiquen a un tercero están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados".
El imputado fue sorprendido por la policía cuando fumaba un cigarrillo de marihuana en el interior de un vagón, que intentó apagar y guardar cuando detectó la presencia de uniformados.
El hecho ocurrió el 17 de octubre de 2010 y fue denunciado a la policía por otros pasajeros que viajaban en el mismo tren, según constancias de la causa.
En primera instancia, el juez federal Claudio Bonadio procesó al imputado, pero los camaristas Eduardo Farah, Jorge Ballestero y Eduardo Freiler declararon la inconstitucionalidad del artículo que penaliza la tenencia para consumo.
"La tenencia de sustancias estupefacientes para el propio consumo del tenedor constituye una conducta incapaz, por sí misma, de conectarse con un resultado lesivo para otros, por cuanto no implicaba un daño al orden y la moral pública ni involucraba un perjuicio para terceros", insistieron los camaristas.
13 de junio de 2012
La Sala Primera de la Cámara Federal trocó el procesamiento del imputado en sobreseimiento, reivindicando el artículo 19 de la Constitución Nacional que establece que "las conductas privadas de los hombres que en ningún modo ofendan al orden ni perjudiquen a un tercero están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados".
El imputado fue sorprendido por la policía cuando fumaba un cigarrillo de marihuana en el interior de un vagón, que intentó apagar y guardar cuando detectó la presencia de uniformados.
El hecho ocurrió el 17 de octubre de 2010 y fue denunciado a la policía por otros pasajeros que viajaban en el mismo tren, según constancias de la causa.
En primera instancia, el juez federal Claudio Bonadio procesó al imputado, pero los camaristas Eduardo Farah, Jorge Ballestero y Eduardo Freiler declararon la inconstitucionalidad del artículo que penaliza la tenencia para consumo.
"La tenencia de sustancias estupefacientes para el propio consumo del tenedor constituye una conducta incapaz, por sí misma, de conectarse con un resultado lesivo para otros, por cuanto no implicaba un daño al orden y la moral pública ni involucraba un perjuicio para terceros", insistieron los camaristas.
13 de junio de 2012