Fito no será castigado por su "asco"

La Justicia resolvió archivar la causa a raíz de sus dichos sobre los votantes de Mauricio Macri.

La Justicia decidió archivar la causa contra el artista y músico Rodolfo “Fito” Páez, quien había manifestado que le daba “asco la mitad de Buenos Aires”, tras el triunfo del jefe de gobierno, Mauricio Macri, en la primera vuelta en las elecciones porteñas.

La decisión fue tomada por el fiscal penal de la ciudad de Buenos Aires, Martín Lapadú, quien sostuvo que si bien los dichos de Páez pueden ser “injuriantes”, consideró que “no generan la certeza suficiente de que nos encontramos frente a un hecho discriminatorio que pueda dar impulso a una acusación sustentada en derecho”.


“Más bien, podrían interpretarse como meras opiniones vertidas en el ejercicio del derecho constitucional a la libre expresión de las ideas, las cuales, acertadas o desacertadas, no revisten el carácter de una acción típica antijurídica y culpable que amerite una sanción de índole contravencional”, sostuvo el fiscal, sobre las declaraciones del rosarino.

Fito fue denunciado por la ONG Defendamos Buenos Aires, al considerar que sus dichos fueron discriminatorios, y le reclamó al músico que se retracte públicamente y pida disculpas.

“Da asco la mitad de Buenos Aires. Hace tiempo que lo vengo sintiendo. Es difícil de diagnosticarse algo tan pesado. Pero por el momento no cabe otra. Dícese así: ‘Repulsión por la mitad de una ciudad que supo ser maravillosa con gente maravillosa’”, había escrito Páez en una nota de opinión en el diario Pagina/12 el martes 12 de julio, dos días después del triunfo de Macri en la primera vuelta de las elecciones porteñas. La Justicia había citado a las partes a fines de septiembre a una audiencia de mediación, pero Páez no se presentó y el fiscal Lapadú quedó en condiciones de resolver si abría una causa contravencional en su contra.

Sin embargo, el funcionario judicial consideró que “si bien las frases proferidas por el imputado podrían ser injuriantes, no se advierte que el nombrado incurra en el tipo contravencional descripto, puesto que no se verifica que Páez haya menoscabado algún derecho de Miglino (titular de la ONG) en el libre ejercicio de aquellos”.

“La falta de certeza descripta da lugar a una duda insalvable que debe ser considerada a favor del imputado conforme los preceptos legales que rigen en la materia, clausurando definitivamente la instrucción del presente sumario”, concluyó.

 

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