Pelotero deberá indemnizar a un menor con $60 mil

Así lo ordenó la Justicia de Junín, que elevó el monto por lesiones físicas y morales en el niño.

La justicia civil de segunda instancia de Junín ordenó a los dueños de una casa de fiestas infantiles a indemnizar a un niño, cuya identidad se mantiene reservada, por lesiones físicas y morales que sufrió mientras se encontraba en el pelotero.

Los camaristas Ricardo Manuel Castro Durán, Patricio Gustavo Rosas y Juan José Guardiola, fundamentaron la sentencia en base a la “responsabilidad contractual” a la que definieron como “aquella en cuya virtud una de las partes de la convención, se compromete a devolver al otro contratante, ya sea en su persona o en sus bienes, sanos y salvos a la expiración del contrato y puede ser asumida en forma expresa por las partes, impuesta por la ley o bien surgir tácitamente del contenido del contrato, a través de su interpretación e integración a la luz del principio general de la buena fe”.

Esta obligación de seguridad se encuentra “insita en los contratos, ello en base al principio de buena fe, lo cual torna forzoso concluir que el accionado tenía a su cargo tal obligación, debiendo arbitrar los medios necesarios para cumplir con la misma”, según informó el portal "Online911.com".

Para los jueces, una vez producido el accidente “correspondía” a los dueños de la casa de fiestas “aportar elementos a la causa que lograran formar convicción sobre la propia culpa de la víctima o bien el un hecho fortuito por el cual no deba responder, circunstancia que conforme las pruebas colectadas en autos considero no se ha configurado”.

En primera instancia la justicia había ordenado una indemnización de $50 mil más los gastos médicos, pero los jueces de segunda instancia elevaron el monto a $ 65mil más los gastos médicos e intereses, informó "Online911".

10 de julio