El back stage de los Bondis Truchos
Data
- El negocio de los bondis truchos genera 18 millones de pesos por mes.
- La línea de “Willy” sigue trabajando.
- La línea de “Willy” atraviesa los municipios de: Ciudad de Buenos Aires, Avellaneda, Quilmes, Berazategui y Florencio Varela.
- La línea de “El barba” atraviesa los municipios de Ciudad de Buenos Aires, Avellaneda, Quilmes y Florencio Varela.
- El galpón de “El barba” está en la calle Nuestras Malvinas y Pablo Pizzurno, en Florencio Varela.
- “Willy” vive en la avenida Luján y Calle 93 a, en la localidad de Bosques, Florencio Varela.
- La línea de “Willy” cobra entre 4 y 5 pesos el viaje.
- La línea de “El barba” cobra 2 pesos el viaje.
- El recorrido Rotonda de Alpargatas-Retiro genera 600 pesos por día.
- “Willy” cobra 800 pesos por semana (para poner un bondi a laburar).
Patentes (grabadas)
Bondis truchos (ninguno tiene pedido de secuestro):
- TKM 551 (estaba en un bondi, pero pertenece a un Ford Falcon).
- SRY 205
- UVH 859
- SEW 887
- THL 437
- VJL 673
- AQM ó AOM 723
Auto en el que se mueve Willy:
- Citröen C4 Negro HLE 752 pertenece a Wilfredo Orellana (Willy).
Backstage (el paso a paso) de la investigación.
Demostramos que los bondis truchos:
- No tienen controles oficiales.
- No dan boletos
- No tienen ningún tipo de identificación
- Algunos tienen las patentes en mal estado y no se ven.
- Tienen paradas.
- Tienen recorridos fijos.
- Hay recorridos que funcionan hace mucho tiempo.
- Algunos choferes tienen vencido el registro.
- Nadie los para (ni les hacen multas)
- Se ve que algunos contaminan.
- No tiene seguros
- Están manejados por mafias (con distinto grado de responsabilidad).
Día a día en la investigación:
Día 1:
- Ida: 6 hs. Recorrida desde Wilde hasta Constitución (grabando desde un auto) varios (4 o 5) bondis truchos. Se ven atestados, repletos de gente (algunos colgados). Nuestra fuente dice que pagan por zona liberada a la CNRT. Se notan truchos, sin registro de CNRT, mal pintados, etc.
Día 2:
- Vuelta: 18 hs. Recorrida Constitución hasta F. Varela grabando al trucho.
- Grabamos (desde el auto) la guarida en Constitución.
Es un puesto de panchos. Los bondis llegan, aparecen unos gordos que le piden la plata al chofer (que antes cobró) el boleto y cuenta el fajo de plata (sucia).
Día 3:
- Vuelta 18 hs. Con nuestro topo (Carlitos) fuimos a la ranchería y guarida de los llamados “Paleros” en Constitución (son los que ordenan la cola y cuentan la plata). Es la parada de los micros que van para Florencio Varela. Allí grabamos la charla de nuestro topo con el puestero que le dice que “hay que hablar con el barba” para poner un micro a trabajar. Le dice dónde vive y tiene la terminal (en la Avenida del Trabajo en Florencio Varela).
- Grabamos también un back up (desde el auto) con cámara escondida siguiendo al bondi con nuestro topo a bordo.
Día 4:
- Viajamos en bondi hasta F. Varela (a lo del Capomafia “El barba”). El topo viaja en micro, pregunta por El barba, es conocido. Aprovechamos y mostramos el bondi trucho, lo mal que se viaja, la gente habla de lo trucho, etc.
- Llegamos a la terminal de El barba. Nos esquivan. Un lugarteniente nos dice que llega tipo “19, 20 o 21”.
- Volvemos a las 19 hs. y no aparece. Igual grabamos a otro teniente de él que nos dice que puede llegar más tarde. Lo esperamos hasta las 22. (Nos quedamos sin memoria en la CO. Volveremos al día siguiente).
Día 5:
- Volvemos a la terminal de El barba. El tipo tiene como un ejército, pero no quiere mostrarse. Puede que desconfíe, está sucio y lo sabe. No viene y no vendrá (por handy dice que no quiere saber nada). Hablamos con otro teniente de la mafia. Se llama R. Nos propone otro capo mafia mejor: “Willy que maneja otro ramal: Retiro hasta vuelta de Alpargatas. Promete llevarnos y presentarnos. No lo hace por una comisión, sino para quedar bien con su jefe.
Día 6:
- Vamos al encuentro de R. en la Rotonda de Alpargatas para que nos presente a Willy. Mientras nuestro topo pregunta por él, aprovechamos para grabar con cámara desde el auto, el desfile de bondis truchos por la Rotonda. Un patrullero custodia y los deja pasar como parte del paisaje. Una camioneta nueva, los va parando de a uno (parece que son los que los custodian o levantan la recaudación) hasta que R llega con un bondi trucho. Levanta a nuestro topo y se lo lleva a la cueva de Willy. Lo seguimos con el auto. Lo grabamos de atrás. Nos metemos en una zona picante: el barrio Bosques en Florencio Varela.
- Finalmente se produce en el encuentro entre nuestro topo (Carlitos); R y Willy. Este le cuenta como es el negocio, como se arregla y le dice que puede ponerse “a trabajar ya” si trae el bondi.
Día 7:
- Escrache al Capo mafia de los bondis: Willy.
Día 8:
- Entrevista Alejandro Rusconi, jefe de fiscalizaciones de la CNRT.
Info
La Ley Nacional 24.449 establece reglas muy estrictas para los vehículos de transporte de pasajeros, entre ellas la exigencia de circular en “condiciones adecuadas de seguridad y con unidades de una antigüedad no mayor a los diez años”. Cualquier pasajero del Gran Buenos Aires sabe que esto no se cumple. Existen dos regímenes jurídicos distintos: el de penalidades para el transporte, cuya autoridad de control es la CNRT, y la Ley de Tránsito, cuya autoridad de aplicación en la Capital Federal es la Policía Federal y en las provincias son las respectivas fuerzas de seguridad y los municipios. Los directivos del ente explicaron que establecer servicios no autorizados es una infracción que debería sancionar la CNRT; en cambio trasladar personas sin autorización es una penalización que debe aplicar una fuerza de seguridad con jurisdicción en cada distrito.
Dixit
• La legislación referida al funcionamiento de la CNRT prevista en el Decreto 1388/96 se vincula necesariamente con el control y la fiscalización del transporte público de pasajeros habilitado legalmente, y no comprende de ningún modo a aquellos medios de transporte marginales.
• Surge esto de la ley 21.844/78 “Régimen de Sanciones de Autotransporte” que en su Art. 1º dispone que, “Las transgresiones o infracciones a las disposiciones legales y reglamentarias en que incurran los prestatarios de servicios públicos de autotransporte sometidos al contralor y fiscalización de la Secretaría de estado de Transporte y Obras Públicas, serán sancionadas con apercibimientos, multas, suspensión y caducidad de los permisos…
• También de su Decreto reglamentario 253/95, que aprueba el “Régimen de Penalidades por Infracciones a las Disposiciones Legales y Reglamentarias en Materia de Transporte por Automotor de Jurisdicción Nacional”, en su artículo 1º establece que, “Las infracciones a las disposiciones legales y reglamentarias en que incurran los prestatarios de servicios de transporte por automotor sometidos a la jurisdicción nacional, se sancionarán conforme se determina en la Ley 21.844…”
• Por otra parte la Ley 24.449 “Ley de Tránsito”, cuya autoridad de aplicación en la ciudad de Buenos Aires es la Policía Federal, en su Art. 72 establece que la autoridad de comprobación o aplicación debe retener a los vehículos “cuando estén prestando un servicio de transporte de pasajeros o de carga, careciendo del permiso, autorización, concesión, habilitación”.
• Su Decreto Reglamentario 779/95 de “Tránsito y Seguridad Vial”, establece en su Art. 72 que, “La retención preventiva a que se refiere el Artículo de la Ley que se reglamenta, estará a cargo de la autoridad policial o fuerzas de seguridad en sus respectivas jurisdicciones”
• El Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley C.A.B.A. Nº 2148/2006 en su capítulo 5.6, punto 5.6.1. se refiere a la “Retención preventiva”, disponiendo que, “En general, los conductores, vehículos y su documentación pueden ser retenidos por el tiempo necesario para las inspecciones que la Autoridad de Control realice en la vía pública, tanto aleatorias o como parte de operativos”.
• Igualmente establece en el inciso c) del punto citado que, los vehículos serán retenidos “... 2. Cuando estén prestando un servicio de transporte de pasajeros o de carga, careciendo del permiso, autorización, concesión, habilitación o inscripción exigidos
• Por último, hay que considerar también lo dispuesto por la Ley Nacional Nro. 16.979, en cuanto atribuye competencia exclusiva a la Policía Federal Argentina en materia de transito en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires.
• Como conclusión, existen dos regímenes jurídicos distintos: a) Régimen de Penalidades para el Transporte, cuya Autoridad de control es la CNRT y b) la Ley de Tránsito y decreto reglamentario, cuya autoridad de aplicación en la Capital Federal es la Policía Federal (...)