Comenzó el nuevo Régimen de Exteriorización Patrimonial

Arrancó la semana pasada y durará por los próximos seis meses. La AFIP confirmó que ya se han repatriado U$D25 millones.

El siguiente esquema representa los pasos a seguir para repatriar capitales:

Plazo para invertir el dinero que se declare: 31 de agosto de 2010.
Compromiso: destinarlo a bonos, inmuebles, u otros proyectos.
El blanqueo de los impuestos provinciales depende que cada distrito se adhiera o no a la ley (por ejemplo la Pcia. de Bs As no adhirió).

Por ejemplo:
● Blanqueo de tenencia de bienes o USD en el exterior pero sin ingresar los USD al país: se deberá informar en qué banco del exterior tiene depositado los USD ((solo fondos y bienes existentes al 31/12/07). Impuesto a pagar: 8%.
● Para repatriar los USD, deberá hacer un giro bancario a una entidad local, y depositar los USD en una cuenta especial (deberá pasar a pesos - se generará un interés que la reglamentación todavía no definió). Trámite idéntico deberán realizar aquellos que tienen dólares en cajas de seguridad. Impuesto a pagar: 1% (para construcción de inmuebles o inversiones en agribusiness), del 3% (si se compran títulos públicos) o del 6% (si no tienen un destino específico).
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) emitió un comunicado en el que sugiere a los contadores, a tomar recaudos para evitar denuncias por lavado de dinero. Los contadores que brinden servicios de auditoría o actúen como síndicos, y omitan informar a la Unidad Información Financiera (UIF) las operaciones sospechosas de lavado de dinero, podrán afrontar penas de hasta 10 años de prisión, sin perjuicio de las multas equivalentes a 1-10 veces el valor total de los bienes en cuestión. Tampoco podrán ampararse los contadores en disposiciones tales como el ‘secreto bancario, fiscal, o profesional’

Fuente: Inmobidiario